miércoles, 9 de febrero de 2011

Lección 7 - Dedicación a la casa de Dios


Entramos a una lección un tanto confusa, ya que por una práctica exclusiva del pueblo de Israel, se pretende imponer un mandamiento a la Iglesia de Dios.

Antes que nada, quiero aclarar algo, me parece muy bueno y grato el dedicar un edificio exclusivo para la reunión de la Iglesia de Dos, que consta de la alabanza a Dios, la oración y el estudio de la Palabra de Dios; un lugar exclusivo donde la Iglesia se reúne en paz para dedicar unos instantes a la comunión con Dios.

Aclarado lo anterior paso a exponer lo siguiente en relación a la lección 7.

Una vez que el pueblo de Israel hubo salido de Egipto, requería de una identidad propia como nación, pero sobre todo como pueblo que teme a Dios, la única forma de obtener esa identidad era que el propio Dios se las diera, para lo cual les dio diversas leyes, las cuales podemos resumir de la siguiente forma: leyes morales (incluidos los Diez Mandamientos), leyes rituales, leyes civiles y leyes sobre los diezmos y las ofrendas, ningún otro pueblo tenia leyes semejantes.
Las escrituras nos enseñan que una vez que Jesucristo viene a la tierra el pueblo de Israel, por no recibirlo Jn 1.11-12, es endurecido durante un tiempo Ro 11.25, es decir que en este tiempo y hasta que nuestro Señor Jesucristo regrese a la tierra, el pueblo de Israel no tiene acceso al Padre; por lo cual hago la siguiente pregunta: Como Iglesia de Dios, ¿Es licito seguir con las leyes del pueblo de Israel?.
Las leyes morales dictadas al pueblo de Israel nos rigen en plenitud, ya que el actual pueblo de Dios es la Iglesia de Dios y como hijos de Dios, Dios es quien rige nuestra moral, y Dios es el mismo siempre St 1.17. Las leyes civiles no tienen vigencia para la Iglesia de Dios ya que estas regían al pueblo de Israel como nación, digamos que eran el código penal del pueblo, y la Iglesia de Dios se rige bajo el código penal de la nación donde tenga su sede. Las leyes sobre ofrendas y diezmos siguen vigentes ya que estas forman parte del culto a Dios, ya que son el agradecimiento y la respuesta a lo que Dios nos bendice en lo material y en lo espiritual.
Quise dejar al último las leyes rituales, ya que al respecto la palabra de Dios es muy precisa Co 2.14 nos enseña que toda la normatividad correspondiente a ritos y ceremonias del pueblo de Israel ha sido clavada en la cruz junto con nuestro Señor Jesucristo, de manera que queda anulada; para esto existe una razón, todo lo concerniente al culto judío tenia como fin el llevarnos al Señor, todo era símbolo de Jesucristo y su obra redentora para nosotros He 9.9-15, esa ley ritual sólo fue como una nana en lo que llegaba nuestro Señor Ga 3.24-26.

Expuesto lo anterior concluimos que el tabernáculo de Moisés, el templo de Salomón, con todas sus reedificaciones formaban parte de ese culto judío, es decir de las leyes rituales, por lo tanto ese templo ya cumplió con su fin, que fue el de llevarnos a Jesucristo. Ese templo y todos sus enseres y todo cuanto se realizaba en él fueron símbolo de toda la obra de Jesucristo. Tenemos a Cristo tenemos la verdad, ya no es valido nada que tenga que ver con ese antiguo templo. Tan es así que fue destruido en el año 70 por el imperio romano.

En esta lección tomando como base el templo del pueblo de Israel y su dedicación en sus diversas etapas, se pretenden imponer a nivel de mandamiento la consagración de los edificios que nos sirven para nuestras reuniones, lo cual no tiene razón de ser ya que como analizamos todo lo concerniente al templo de Israel ha dejado de tener el valor que nos une a Dios.
Se pretende darle autenticidad escritural a una práctica (que es buena y sana), cuando no la tiene, por lo cual en ese afán se fuerzan textos y situaciones escritúrales.

La palabra de Dios no dice nada al respecto de los templos o casas de oración de la Iglesia de Dios, no hay una reglamentación como en pasado, es más la Iglesia primitiva, por lo que leemos en los Hechos de los apóstoles, ni siquiera tenia edificaciones exclusivas para reunirse al culto, y hubo épocas en las cuales se reunían donde nos fueran perseguidos, sin importar que lugar era Mt 18.20.

Para finalizar repito lo escrito el principio: La practica de dedicar el edificio para el culto de la Iglesia de Dios es muy buena, y es parte de la gratitud que la localidad de ese lugar le da a Dios por haber dado las bendiciones para la conclusión de la construcción del mismo, pero que no se pretenda validar esa practica con textos de las escrituras cuando no los hay.

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